YESICA NERY PLATA

CAMPEONA WBC PESO MINIMOSCA

Country:

Mexico

Record:

W 29 (3 KO) – L 2 – D 0

Birth Date:

17/05 /1994

Pro Debut:

09 /07 /2011

Won Title:

01/13/2023

Last Defense:

SILVER: MARIA SOLEDAD VARGAS (MEXICO) 

INTERNATIONAL: VACANT

RATING

Actualizado : 15 mayo, 2024

PESO MINIMOSCA 48.988 KG / 108 LB

BOXERNATIONALITYTITLE
EVELYN NAZARENA BERMUDEZ ARGENTINA IBF & WBO
KIM CLAVEL CANADA WBC INTL
MARIA GUADALUPE BAUTISTA MEXICO WBA
YESENIA GOMEZ MEXICO
Maria Soledad Vargas MEXICO WBC Silver
YUMI NARITA JAPAN
SARAH BORMANN GERMANY
TENKAI TSUNAMI JAPAN
YESICA YOLANDA BOPP ARGENTINA
MARIA SOL BAUMSTARH ARGENTINA WBC Latino
SILVIA TORRES MEXICO
ALMA MERAZ RODRIGUEZ MEXICO
ESTEFANY ALEGRIA OSORIO MEXICO
GLORIA GALLARDO MEXICO
ROSA OLVERA MEXICO
AMY NAERTBELGIUM

DISCLAIMER:

De acuerdo con las Reglas y Reglamentos del WBC (Las “Reglas”, disponibles en www.wbcboxing.com ), cualquier descontento respecto a la clasificación de un boxeador deberá ser dirigida exclusivamente según el proceso administrativo de apelaciones descrito en las Reglas, incluyendo, pero no limitado a la Regla 6.10. Dicha notificación deberá ser dirigida por escrito al Comité de Apelaciones de Clasificaciones en las oficinas del WBC. Cualquier apelación, conforme a las Reglas deberá ser dirigida a la atención del Comité de Quejas y Apelaciones del WBC en las oficinas ejecutivas del WBC. Además, conforme a las Secciones 5.4 y 5.5 de las Reglas, cualquiera y todas las disputas acerca de una decisión del WBC que no ha sido resuelta por el proceso administrativo de apelaciones están sujetas a mediación obligatoria, y, a partir de entonces, arbitraje obligatorio bajo el Código de Arbitraje Relacionado al Deporte por la Corte de Arbitraje para Deportes, y cualquier fallo de la misma es final, vinculante, y ejecutable de acuerdo con leyes incluyendo la Convención de Nueva York sobre el reconocimiento y aplicación de indemnizaciones arbitrales. *Para boxeadores de los Estados Unidos de América: El WBC deberá, dentro de 7 días después de recibir una solicitud de un boxeador cuestionando la clasificación de un boxeador por el WBC: (1) Proporcionar al boxeador una explicación escrita de los criterios del WBC, su clasificación del boxeador, y las razones o bases para su clasificación (incluyendo una respuesta a cualquier pregunta específica presentada por el boxeador); (2) presentar una copia de su explicación a la Asociación de Comisiones de Boxeo de E.U.

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