cobalto
daprodustat(GSK1278863)
IOX2
molidustat (BAY 85-3934)
roxadustat (FG-4592)
vadadustat (AKB-6548)
xenón
Este documento contiene la Lista Oficial de Sustancias y Métodos Prohibidos de la Asociación Anti-Doping Voluntaria (VADA por sus siglas en ingles).
Las normas de VADA que conciernen a estas sustancias tienen como propósito monitorear de cerca estándares reconocidos internacionalmente por sustancias prohibidas en el deporte, así como la Lista Oficial Prohibida del 2022 de la Agencia Mundial Anti-Doping (WADA por sus siglas en ingles). Por lo tanto, la nomenclatura de estas sustancias, al igual que sus grupos clasificatorios, y otros usos por la Lista Oficial Prohibida de WADA serán preservados a menos que se especifique por parte de VADA.
Lista Prohibida por la VADA
SUSTANCIAS PROHIBIDAS
Los siguientes grupos clasificatorios y sustancias están prohibidas en todo momento durante la participación en el programa VADA. Los siguientes grupos clasificatorios y sustancias listadas en este documento no están restringidas a nombres químicos específicamente listados o comunes, de igual manera tampoco están restringidos a los componentes específicos o isómeros listados a continuación.
Además, VADA tiene el derecho en todo momento de modificar, editar y añadir cualquier sustancia o método de acuerdo con nuevas leyes, pautas, políticas de VADA o ideales de anti-doping.
Cualquier sustancia farmacológica que no estén abordadas en alguna de las subsecuentes secciones de la lista y actualmente sin una aprobación por alguna autoridad sanitaria gubernamental regulada para el uso terapéutico humano (ej. Fármacos bajo desarrollo preclínico, en pleno desarrollo clínico o discontinuado, fármacos o drogas sintéticas de diseño, o sustancias aprobadas únicamente para uso veterinario) están prohibidas en todo momento.
Se prohíben los agentes anabolizantes.
1. ESTEROIDES ANABOLIZANTES ANDROGÉNICOS (EAA)
cuando son administrados exógenamente, incluyendo, pero sin limitación, a:
2. OTROS AGENTES ANABOLIZANTES
Incluyen,pero no se limitan a:
clenbuterol, moduladores selectivos del receptor de andrógeno (SARMs,p. ej. andarina, LGD-4033 (ligandrol), enobosarm (ostarina) y RAD140), tibolona, zeranol y zilpaterol
Las siguientes sustancias y otras sustancias con estructura química similar o efectos biológicos similares están prohibidas:
Incluyendo pero no limitado a:
1. Eritropoyetinas (EPO) y agentes que afectan la eritropoyesis, incluidos, entre otros:
1.1 Agonistas de los receptores de eritropoyetina, p.
darbepoetinas (dEPO);
Eritropoyetinas (EPO);
Construcciones basadas en EPO (p. ej., EPO-Fc, metoxipolietilenglicol-epoetina beta
(CERA) Agentes miméticos de EPO y sus construcciones (p. ej., CNTO-530 y peginesatida)
cobalto
daprodustat(GSK1278863)
IOX2
molidustat (BAY 85-3934)
roxadustat (FG-4592)
vadadustat (AKB-6548)
xenón
1.4 Inhibidores de la señalización del factor de crecimiento transformador (tgf)-β, p. ej.
luspatercept
sotatercept
1.5 Agonistas del receptor de reparación innato, p. ej.
Asialo-EPO
EPO carbamilada
2.2 Corticotrofinas y sus factores de liberación, p. ej.
Corticorelina
2.3 Hormona de crecimiento (gh) y sus fragmentos y factores de liberación, incluyendo, pero no limitándose a: fragmentos de la hormona de crecimiento, p. ej.
AOD-9604 y hGH 176-191
Hormona de Liberación de la Hormona de Crecimiento (GHRH) y sus análogos, p. ej. CJC- 1293, CJC-1295, sermorelina y tesamorelina
Secretagogos de la Hormona de Crecimiento (GHS), p. ej.lenomorelina (grelina) y sus miméticos, p. ej. anamorelina, ipamorelina, macimorelina y tabimorelina
Péptidos Liberadores de la Hormona de Crecimiento (GHRPs), p. ej. alexamorelina, GHRP-1, GHRP-2 (pralmorelina), GHRP-3, GHRP-4, GHRP-5, GHRP-6 y examorelina (hexarelina)
2.4 Factores liberadores de la hormona del crecimiento, incluidos, entre otros:
hormona liberadora de la hormona del crecimiento (GHRH) y sus análogos (por ejemplo, CJC-1293, CJC-1295, sermorelin y tesamorelin)
secretagogos de la hormona del crecimiento (GHS) y sus miméticos [p. lenomorelina (grelina), anamorelina, ipamorelina, macimorelina y tabimorelina]
Péptidos liberadores de GH (GHRP) [p. alexamorelina, GHRP-1, GHRP-2 (pralmorelina), GHRP-3, GHRP-4, GHRP-5, GHRP-6 y examorelina (hexarelina)]
3. Factores de crecimiento y moduladores de factores de crecimiento
incluyendo, pero no limitándose a:
Factor de Crecimiento Derivado de Plaquetas (PDGF)
Factor de Crecimiento de Tipo Insulínico-I (IGF-I) y sus análogos
Factores de Crecimiento Fibroblásticos (FGFs)
Factor de Crecimiento del Endotelio Vascular (VEGF)
Factor de Crecimiento de Hepatocitos (HGF)
Factores Mecánicos de Crecimiento (MGF)
Timosina-β4 y sus derivados por ej. TB-500
y otros factores de crecimiento o moduladores de factores de crecimiento adicionales que afecten la síntesis∕degradación proteica del músculo, tendón o ligamento, la vascularización, la utilización de energía, la capacidad regenerativa o el cambio de tipo de fibra muscular.
Si una sustancia o método no está definido en esta lista, verifique con su organización antidopaje.
Todas las Sustancias Prohibidas en esta clase son Sustancias Específicas.
Todos los agonistas beta-2 selectivos y no selectivos, incluidos todos los isómeros ópticos, están prohibidos.
La presencia urinaria de salbutamol en una concentración mayor de 1000 ng/mL o de formoterol en una concentración mayor de 40 ng/mL no es consistente con el uso terapéutico de la sustancia y por tanto se considerará un Resultado Analítico Adverso (RAA) a menos que el (la) Deportista demuestre por medio de un estudio farmacocinético controlado que el resultado anormal fue consecuencia de una dosis terapéutica (por inhalación) hasta la dosis máxima indicada anteriormente.
Los siguientes moduladores hormonales y metabólicos están prohibidos:
1. Inhibidores de la aromatasa que incluyen, entre otros:
3. Agentes que previenen la activación del receptor de activina IIB, incluidos, entre otros, los siguientes:
Anticuerpos neutralizantes de activina A
Competidores del receptor de activina IIB como: Receptores de activina señuelo (p. ej., ACE-031)
Anticuerpos anti-receptor de activina IIB (por ejemplo, bimagrumab) Inhibidores de miostatina como:
Agentes que reducen o eliminan la expresión de miostatina
Proteínas de unión a miostatina (p. ej., folistatina, miostatina, propéptido) Anticuerpos neutralizantes de miostatina (p. ej., domagrozumab, landogrozumab,
estamulumab)
4. Moduladores metabólicos:
4.1 Activadores de la proteína quinasa activada por AMP (AMPK), p. AICAR, SR9009; y agonistas del receptor delta activado por proliferador de peroxisomas (PPARδ), p. ácido 2-(2-metil-4-((4-metil-2-(4-(trifluorometil)fenil)tiazol-5-il)metiltio)fenoxi)acético (GW 1516, GW501516);
4.2 Insulinas y miméticos de insulina
4.3 Meldonio
4.4 trimetazidina
Si una sustancia o método no está definido en esta lista, verifique con su organización antidopaje.
Todas las Sustancias Prohibidas en esta clase son Sustancias Específicas.
Los diuréticos y agentes enmascarantes siguientes están prohibidos, al igual que otras sustancias con estructura química o efectos biológicos similares.
desmopresina
probenecida
expansores del plasma, p. ej., administración endovenosa de albúmina, dextrano, hidroxietilalmidón y manitol
Acetazolamida
ácido etacrínico
amilorida
bumetanida
canrenona
clortalidona
espironolactona
furosemida
indapamida
metolazona;
tiazidas, p. ej. bendroflumetiazida, clorotiazida e hidroclorotiazida
triamterene
vaptanes, p. ej., tolvaptán
Excepto:
Drospirenona; pamabrom; y administración oftálmica tópica de los inhibidores de la anhidrasa carbónica (p. ej. la dorzolamida y la brinzolamida)
Administración local de felipresina en anestesia dental
Nota: La detección en una Muestra del Deportista en todo momento o En Competición, según corresponda, de cualquier cantidad de las siguientes sustancias umbral: formoterol, salbutamol, catina, efedrina, metilefedrina y pseudoefedrina, en combinación con un diurético u agente enmascarante será considerada como un Resultado de Análisis Anormal (RAA) salvo si el Deportista posee una Autorización de Uso Terapéutico (AUT) para dicha sustancia además de aquella otorgada para el diurético u agente enmascarante.
Todos los estimulantes incluidos todos los isómeros ópticos, p. ej. d- y l- cuando corresponda, están prohibidos.
Los estimulantes incluyen:
A: ESTIMULANTES NO ESPECÍFICOS:
adrafinilo
amifenazol
anfepramona
anfetamina
anfetaminilo
benfluorex
benzilpiperazina
bromantán
clobenzorex
cocaína
cropropamida
crotetamida
fencamina
fendimetrazinafenetilina
fenfluramina
fenproporex
fentermina
fonturacetam [4-fenilpiracetam (carfedón)]
furfenorex
lisdexamfetamina
mefenorex
mefentermina
mesocarbo
metanfetamina (d-)
p-metilanfetamina
modafinilo
norfenfluramina
prenilamina
prolintano
Un estimulante que no esté explícitamente mencionado en esta sección es considerado una Sustancia Específica.
3-metilhexan-2-amina (1,2-dimetilpentylamina)
4-metilhexan-2-amina (metilhexaneamina)
4-metilpentan-2-amina (1,3-dimetilbutilamina)
5-metilhexan-2-amina (1,4-dimetilpentilamina)
benzfetamina
catina**
catinona y sus análogos, p. ej. mefedrona, metedrona y α-pirrolidinovalerofenona
dimetanfetamina (dimetilanfetamina)
efedrina***
epinefrina**** (adrenalina)
estricnina
etamiván
etilanfetamina
etilefrina
famprofazona
fenbutrazato
fencamfamina
fenetilamina y sus derivados
fenmetrazina
fenprometamina
heptaminol
hidroxianfetamina (parahidroxianfetamina)
isometepteno
levmetanfetamina
meclofenoxato
metilefedrina***
metilendioximetanfetamina
metilfenidato
niquetamida
norfenefrina
octodrina (1,5-dimetillhexilamina)
octopamina
oxilofrina (metilsinefrina)
pemolina
pentetrazol
propilhexedrina
pseudoefedrina*****
selegilina
sibutramina
tenanfetamina (metilendioxianfetamina)
tuaminoheptano
y otras sustancias con estructura química o efectos biológicos similares.
Excepto:
Clonidina
Los derivados de imidazol de uso dermatológico, nasal u oftálmico (por ej. brimonidina, clonazolina, fenoxazolina, indanazolina, naphazolina, oxymetazolina, xylometazolina) y los estimulantes incluidos en el Programa de Seguimiento 2022 WADA*
Sustancias de Abuso en esta sección: diamorfina (heroína).
Los narcóticos siguientes, incluidos todos los isómeros ópticos, p. ej. d- y l- cuando corresponda, están prohibidos:
buprenorfina
dextromoramida
diamorfina (heroína)
fentanil y sus derivados
hidromorfona
metadona
morfina
nicomorfina
oxicodona
oximorfona
pentazocina
petidina
Todas las Sustancias Prohibidas en esta clase son Sustancias Específicas.
Están prohibidos todos los glucocorticoides que se administren por vía oral, intravenosa, intramuscular o rectal.
Incluyendo pero no limitandose a:
beclometasona
betametasona
budesonida
ciclesonida
cortisona
deflazacort
dexametasona
flucortolona
flunisolida
fluticasona
hidrocortisona
metilprednisolona
mometasona
prednisolona
prednisona
Los siguientes métodos estan prohibidos:
1. La Administración o reintroducción de cualquier cantidad de sangre autóloga, alogénica (homóloga) o heteróloga o de productos de hematíes de cualquier origen en el sistema circulatorio.
2. Mejora artificial de la captación, el transporte o la transferencia de oxígeno. Esto incluye, pero no se limita, a: productos químicos perfluorados; efaproxiral (RSR13) y los productos de hemoglobina modificada, p. ej., productos basados en sustitutos de la hemoglobina o en hemoglobina microencapsulada, excluyendo el oxígeno suplementario por inhalación.
3. Cualquier forma de manipulación intravascular de la sangre o componentes sanguíneos por medios químicos o físicos.
Lo siguiente está prohibido:
1. La Manipulación, o el Intento de Manipulación, con el fin de alterar la integridad y validez de las Muestras tomadas durante el Control Antidopaje.
Incluye, pero no se limita a: La sustitución y/o adulteración de la Muestra, p. ej. adición de proteasas a la Muestra.
2. Las infusiones intravenosas y/o inyecciones de más de un total de 100 mL cada 12 horas excepto aquellas legítimamente recibidas en el curso de tratamientos hospitalarios, procedimientos quirúrgicos o exámenes diagnósticos clínicos.
Lo siguiente, con el potencial de mejorar el rendimiento deportivo, está prohibido:
1. El uso de ácidos nucleicos o análogos de ácidos nucleicos que puedan alterar las secuencias genómicas y/o la expresión de genes por cualquier mecanismo. Esto incluye, pero no se limita, a las tecnologías de edición de genes, silenciamiento de genes y transferencia de genes.
2. El uso de células normales o genéticamente modificadas.
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